CRIOGENIZACIÓN. EL DERECHO A LA VIDA DESPUÉS DE LA MUERTE.

La muerte es un hecho jurídico que pone fin a la personalidad y a la extinción de derechos subjetivos inherentes a aquél. Supone la conversión del cuerpo en cadáver, que desde el punto de vista jurídico, tiene la consideración de cosa. Sin embargo, bien distinto es el derecho que tienen los herederos a decidir el destino del cadáver en cumplimiento de la voluntad del fallecido. Ahora bien, la crioconservación abre un horizonte nuevo e inesperado, repleto de dilemas éticos y jurídicos pendientes de solución. En este artículo se reflexiona sobre algunas cuestiones cruciales al respecto como los posibles derechos que asisten al cuerpo criogenizado y a sus parientes antes, durante y tras despertar de la crioconservación.

Francisco Lledó Yagüe

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Número 3 2018
Dosier: Inmortalidad. La última frontera